
829. Impuestos a la salida de divisas en el Ecuador con Jorge De la Trinidad
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829. Impuestos a la salida de divisas en el Ecuador con Jorge De la Trinidad
Atención a muchas empresas que quieran comprar o invertir fuera del país ¿Cuáles son los impuestos con los que se encontrarán?
Pero no sin antes recordarles a todos aquellos profesionales que quieran desarrollar su marca personal de manera efectiva lo pueden hacer a través de la mentoría personalizada de Katya Amán.
Agradecemos a La Cooperativa Andalucía, que preocupada por la reactivación económica ha lanzado al mercado, créditos de consumo y microcrédito con altas muy competitivas tasas de interés.
Recuerda que este contenido lo retransmite nuestros canales aliados Tu voz Tv, El Vanguardista y ContraPortada.
Hoy hablamos con Jorge De la Trinidad Aguilar, es ingeniero en tributación y finanzas, Master en Administración Tributaria con más de 9 años de experiencia en temas de impuestos, contabilidad y auditoría.
Ha brindado y participado en proyectos tanto de consultorías tributarias y financieras a empresas locales y multinacionales como en reestructuración, due dilligence, nuevas inversiones, entre otros.
Ha participado como ponente sobre temas tributarios y contables en diferentes conferencias, diplomados, tanto a nivel externo como interno.
Concepto del ISD según el SRI
Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)
El hecho generador de este impuesto lo constituye la transferencia, envío o traslado de divisas que se efectúen al exterior, sea en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias, retiros o pagos de cualquier naturaleza con excepción de las compensaciones realizados con o sin la intermediación de instituciones del sistema financiero.
Un poco de historia sobre el ISD
- La normativa ecuatoriana en el 2007 a través de Aleida tributaria
- Objetivo principal fue imponerlo como un impuesto de todos
- No se lo va a encontrar en todos los países
- Objetivo de este impuesto controlar la salida de capitales de Ecuador
- En 2007 por una tarifa cero
- En el 2009 si incrementó al 2%
- Terminó del 2011 a la fecha en un 5% en primera instancia
- Es un impuesto controlador, de control tributario
- Es recaudador
Condiciones de particularidades la normativa
Que se puede aplicar siempre y cuando se cumplan todas las condiciones y requisitos de la normativa, sin embargo a todas les puede afectar, es decir, si yo hago un pago al exterior por un servicio que estoy importando me voy a tener que generar un ISD.
Si yo tengo crédito contratado en el exterior que no cumplen las condiciones que me dice la normativa todo papi yo al exterior cuando afecta la industria afecta la industria cuando
Debe haber una planificación tributaria y un asesoramiento en la que se revise el detalle de la normativa para conseguir una optimización en el pago de impuestos impositivos.
A Jorge De la Trinidad la podemos encontrar en:
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Hasta aquí la entrevista de hoy, espero haya sido de su utilidad, y si le gustó y saben de alguien, no duden en compartir a quien le interese.
Háganme llegar sus comentarios, observaciones y cualquier feedback a través del formulario de contacto.
Millón gracias por estar al otro lado, porque sin ustedes esto no existiría, gracias por seguir escuchando el podcast en las diferentes plataformas, por sus valoraciones de 5 estrellas en iTunes, sus me gusta y comentarios en ivoox, por el seguirme en Spotify, en YouTube.
Maravilloso jueves para todos.
Un abrazo,
Katya Amán.