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Abogado constitucionalista - Eduardo Barcesat

Abogado constitucionalista - Eduardo Barcesat

El Disparador · Delta903

November 15, 201310m 37s

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Show Notes

En respuesta a la proposición del doctor Ricardo Lorenzetti que había afirmado que “los arbitrajes del Estado en el Ciadi surgen de tratados internacionales sobre protección de inversiones firmados en los ‘90, no de contratos”, el constitucionalista Eduardo Barcesat explicó que "los tratados internacionales en materia de protección de inversiones extranjeras son contratos y emplean la terminología de los mismos, y no tienen naturaleza jurídica diferenciada respecto de los contratos. De modo que las disposiciones del derecho interno argentino rigen –o deberían regir– los contratos de provisión de servicios o mercancías realizados por inversores extranjeros en territorio argentino". Barcesat subrayó que si los laudos arbitrales (nacionales, extranjeros o supranacionales) son ejecutorios, es decir, irrevisibles para los jueces del Poder Judicial de la Nación, tal como se establece en el Código unificado propuesto, los inversores extranjeros que han logrado sentencias arbitrales condenatorias contra el gobierno argentino, tendrán expedita la vía de su ejecución, sin posibilidad de defensa alguna por parte de nuestro gobierno. Por último, el constitucionalista dijo que el proyecto de unificación de códigos habilita que las partes pacten ley y jurisdicción extranjera. Por lo que propuso, en el ámbito de la Comisión bicameral, la supresión total de ese capítulo y la reposición del articulado del actual Código Civil en resguardo del orden público constitucional (art. 27, C.N.)